El fin de la licencia maternal: cómo acompañar una de las primeras separaciones
Publicado el 3 de Junio, 2026

Hay un momento que muchas madres describen como uno de los más difíciles de la maternidad en sus primeros meses, y que sin embargo casi no aparece en los libros ni en las conversaciones del embarazo: ese domingo a la noche antes de volver al trabajo. El bebé dormido, la leche materna en el freezer, la cartera lista, y una mezcla de emociones: alivio, culpa, tristeza, ganas, miedo.
Esto tiene nombre y apellido: fin de la licencia maternal. Y como todos los umbrales importantes, merece ser transitado con información, acompañamiento, y mucha amabilidad hacia una misma.
En Uruguay, la licencia por maternidad tiene una duración mínima de 14 semanas (6 semanas antes del nacimiento, 8 después), con distintas extensiones según las circunstancias del nacimiento.
Una vez finalizada la licencia maternal, existe la licencia por cuidados del recién nacido, que puede usarse de forma indistinta y alternada por padre o madre hasta que el bebé cumpla seis meses de edad. Esto significa que no tiene que ser solo la madre quien la tome: puede compartirse con la pareja.
Además, para quienes trabajan en relación de dependencia, la ley también establece que las mujeres tienen derecho a disponer de tiempo dentro de su horario laboral para amamantar o usarlo para extraerse leche materna. Para jornadas de ocho horas, se disponen de dos medias horas diarias, que también pueden juntarse para entrar una hora más tarde o irse una hora antes.
La ley puede proteger el empleo y garantizar tiempo para amamantar. Pero hay dos cosas que no puede hacer: desaparecer la ambivalencia o angustia que siente una madre cuando deja a su bebé por primera vez en manos de otra persona y sale a trabajar, y hacer que el entorno laboral acompañe a esta mamá (cosa que a veces no sucede y pesa mucho).
Entendiendo, desde el lado tanto de bebé como de mamá, que volver a trabajar a los dos meses de nacido no es lo más coherente con la fisiología ni lo que necesita el bebé, vamos a ver cómo podemos hacer estas transiciones de forma más amorosa para ambos.
Algunas cosas que podemos hacer:
- En caso de lactancia exclusiva, comenzar unas semanas antes de la primera separación con el banco de leche materna, y con la adaptación a la mamadera.
- Elegir la persona y el lugar en donde se quedará el bebé. Que te den confianza es muy importante y va a hacer que puedas volver al trabajo más tranquila. Una vez elegidos, hacer un período de adaptación, en donde tanto mamá como bebé pasen tiempo con esa persona y/o en ese lugar.
- Hablarle y contarle al bebé lo que está pasando es importantísimo. Sí, si tiene 2 meses también. Contarle el proceso, que volves a trabajar, que se queda con tal persona en tal lugar, que son 4 horas (o las que sean) y que siempre vas a volver. Y repetir la explicación todos los días.
- Despedirte todos los días, que tu bebé vea que te vas y te vea volver. Decile “me voy a trabajar, te quedas con tal persona, vuelvo a las…”.
- Generar un ritual de tu vuelta, puede ser: saludar a tu bebé y darle la teta o la mamadera cada día.
- Volver a hacer la adaptación cuando vuelvas al horario completo.
Permitite sentir distintas emociones, y nombraselas a tu bebé. Con los días ambos se irán adaptando.
También es válido tener ganas de volver a trabajar y recuperar espacios propios, o no tener ganas de volver y aun así tener que hacerlo.
La vuelta al trabajo después de la licencia maternal implica muchos movimientos y sentimientos, y esta bien que así sea. Lo importante es hacer los procesos lo más amorosamente posible. Confiá en vos y en tu bebé.
Te dejo los lugares en donde podes buscar más información sobre las licencias y las horas por cuidados:
Subsidio por maternidad: https://www.bps.gub.uy/4804/subsidio-por-maternidad.html
Subsidio por paternidad: https://www.bps.gub.uy/8958/subsidio-por-paternidad.html
Subsidio por cuidados: https://www.bps.gub.uy/8959/subsidio-para-cuidados-del-recien-nacido.html
Dos medias horas dentro de la jornada laboral por lactancia: https://www.impo.com.uy/bases/decretos/234-2018/10